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Etiquetado de los alimentos.

2024-04-05


Etiquetado de los alimentos.

Para asegurar la adecuada comunicación y optimizar el proceso de selección al cliente a la hora de comprar alimentos queda establecido el etiquetado. La etiqueta constituye un documento que posee indicaciones, menciones, marcas de fábrica o comerciales, ilustraciones o signos, vinculados con el producto alimenticio, se localiza en el envase, faja o collarín unido a dicho producto.

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El etiquetado en el caso de los alimentos resulta una fuente de información útil para escoger y comprar. Se Incluye el nombre del alimento, la cantidad, la lista de ingredientes, y otros datos con respecto a su fabricación, como fecha de procesamiento, fecha de expiración o fecha límite sugerida para el consumo, número de lote y dirección del fabricante. Asimismo, se declara el tamaño de porciones que contiene el paquete, y, no menos importante, la información nutricional.

Las etiquetas pueden presentar además advertencias, y mensajes saludables o mensajes nutricionales. Ejemplos: “bajo en grasa” o “bajo en sodio”, claro está, dichas declaraciones deben coincidir con definiciones científicamente aprobadas. Los mensajes saludables en las etiquetas de los alimentos, como “baja el colesterol” o “baja la presión arterial” también deben ser comprobados.

Lista de menciones obligatorias en las etiquetas:

  • Denominación del alimento: será su designación legal. En la ausencia de una denominación específica, la denominación será la normal, o, en último caso de no existencia, se suministrará una denominación descriptiva. De no ser suficiente la información para conocer realmente el alimento y diferenciarlo de otros alimentos parecidos, la designación se perfeccionará con otro texto descriptivo.
  • En el país de mercantilización: se aceptará el uso de la designación del alimento con la que el producto se fabrique y comercie originalmente. O sea, se respetará la denominación del país productor.
  • La lista de ingredientes: estará advertida o precedida por un título apropiado donde conste «ingredientes». Todo ingrediente o coadyuvante que pueda resultar en alergias o intolerancias y se use en la fabricación o elaboración de un alimento, y quede vigente en el producto acabado, aunque sea modificado, se mostrará en la lista de ingredientes acompañado de una clara alusión a la designación de la sustancia o producto potencialmente dañino.

La cantidad de determinados ingredientes o de determinadas categorías de ingredientes se requiere mostrar la cantidad de un ingrediente o de una categoría de ingredientes cuando:

  • Modele en la designación o el consumidor lo relacione regularmente con dicha denominación.
  • Se acentúe en el etiquetado vía palabras, imágenes o representación gráfica.
  • Sea fundamental para detallar un alimento y para diferenciarlo de otros con los que pudiera confundirse por su designación o imagen.

La cantidad neta del alimento: se enunciará en unidades de volumen, litro (l o l), centilitros (cl), y mililitros (ml), para productos líquidos, o en unidades de masa, kilogramos (kg) y gramos (g), para los demás.

Fecha de caducidad: Luego de su "fecha de caducidad", el alimento no deben consumirse. Se declara «fecha de caducidad» de forma conjunta a la propia fecha o de una referencia al lugar donde se indica, y se puede complementar la información con una descripción de las condiciones de conservación. La fecha consistirá en la indicación clara y ordenada de día, mes y eventualmente año.

Fecha de duración mínima: se formulará a través de las siguientes menciones, acompañadas de la fecha misma o de la indicación del lugar donde se encuentra, y si hiciese falta, de las condiciones de conservación a observar para garantizar la duración ideal:

  • «consumir preferentemente antes de....», cuando la fecha incluya el día.
  • «consumir preferentemente antes del fin de....», en el resto de casos.

Las condiciones especiales de conservación y/o las condiciones de utilización: Se mostrarán si los alimentos demandan condiciones especiales de conservación y/o de utilización. Con el fin de la conservar y usar adecuadamente, una vez abierto el envase, se mostrarán las condiciones y/o la fecha límite de consumo.

Identificación de la empresa: presentará nombre o razón social y dirección de la empresa alimentaria bajo cuyo nombre o razón se comercialice el alimento o, de no estar instituido en la unión europea, el importador del alimento al mercado de la unión.

El país de origen o lugar de procedencia será obligatoria cuando:

  • Su inadvertencia pudiera provocar error al consumidor en cuanto al país de origen o el lugar de procedencia del alimento, en específico, si la información que asiste al alimento o la etiqueta en su conjunto pudieran sugerir que el alimento tiene un país de origen o un lugar de procedencia distinto.
  • Sea carne de los códigos de la nomenclatura combinada.

El modo de empleo siempre que de omitirse esta información fuese complicado hacer un uso efectivo del alimento.

Las bebidas que contengan más de un 1,2% en el volumen de alcohol, se detallará el grado alcohólico volumétrico .

Lote: muestra las unidades de venta de un producto alimenticio producido, fabricado o envasado en condiciones semejantes. El lote se mostrará precedido por la letra l.

Información nutricional: se expresa cada 100 gramos (gramos) o 100 mililitros (ml). Podrán expresarse por porción o por unidad de consumo, en el caso de que la porción o unidad se enuncie de forma cuantitativa en la etiqueta; y se revele el número de porciones que contiene el envase.

De la misma forma, podrán explicarse como porcentaje de las ingestas de referencia, incluyendo la leyenda << ingesta de referencia de un adulto medio equivalente a 8400 kilo joule o lo que es lo mismo 2000 kilocalorías >;>;, dado este caso, se podrán expresar sólo por porción o por unidad de consumo.

La información nutricional ineludible contemplará los siguientes factores:

  • El valor energético.
  • Cantidades de grasas, ácidos grasos saturados, hidratos de carbono, azúcares, proteínas y sal.

Se podrá integrar la indicación de la cantidad de una o varias de las siguientes sustancias:

  • ácidos grasos monoinsaturados.
  • ácidos grasos poliinsaturados.
  • Polialcoholes.
  • Almidón.
  • Fibra alimentaria.
  • Cualquier vitamina o mineral en cantidades significativas.

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