Medidas Disciplinarias y de Modificación de Conducta
El Principio de Proporcionalidad en la Sanción
No todos los casos de acoso o violencia laboral ameritan la misma respuesta. Un sistema justo aplica el principio de proporcionalidad.
Para faltas leves o incipientes (por ejemplo, un estilo de comunicación rudo pero no intencionalmente dañino, o un conflicto puntual mal gestionado), la respuesta puede ser correctiva en lugar de punitiva.
Sin embargo, para conductas graves como el acoso sexual, la discriminación sistemática o la agresión física, la tolerancia debe ser nula y la sanción máxima.
La organización debe tener una matriz disciplinaria clara donde cada tipo de conducta tenga una consecuencia previsible, eliminando la discrecionalidad y el favoritismo en la aplicación del castigo.
Planes de Mejoramiento y Coaching Obligatorio
En situaciones donde el agresor es un empleado valioso técnicamente y la falta no ha cruzado líneas rojas legales irreversibles, la empresa puede optar por una "oportunidad condicionada".
Esto implica la firma de un compromiso de cambio conductual, acompañado de un plan de formación obligatorio o coaching ejecutivo enfocado en habilidades blandas y control de la ira. Este no es un "pase libre"; es un ultimátum.
El empleado debe entender que su permanencia depende no de sus resultados numéricos, sino de su capacidad para modificar su trato humano.
Se establecen periodos de prueba donde, ante la más mínima reincidencia, se procederá a la desvinculación definitiva.
Documentación Rigurosa para el Debido Proceso
Cualquier medida disciplinaria, desde una amonestación verbal hasta un despido, debe estar blindada documentalmente.
La improvisación en esta etapa suele derivar en demandas laborales perdidas por la empresa.
El expediente debe contener las actas de descargo, las pruebas recopiladas, los testimonios y la justificación clara de la decisión tomada.
Al comunicar la sanción al agresor, se debe ser específico sobre qué norma interna o ley se violó.
La solidez de este proceso no solo protege a la empresa legalmente, sino que enví
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