Comportamientos Extralaborales y su Impacto Corporativo
La Extensión de la Imagen Corporativa
Una duda frecuente es hasta dónde llega la potestad de la empresa sobre la conducta del empleado.
La respuesta moderna es que, aunque la vida privada se respeta, cualquier comportamiento público que afecte la reputación de la organización o el clima laboral es de interés corporativo.
Eventos como las fiestas de navidad, convenciones o cenas de equipo, aunque sean "fuera de horario", se consideran extensiones del lugar de trabajo.
Un empleado que se embriaga y agrede verbalmente a un colega en un bar un viernes por la noche, si el contexto era una socialización entre compañeros, está importando un conflicto al lunes por la mañana y puede ser sancionado por ello.
Redes Sociales y Ciberconvivencia
Las redes sociales han borrado las fronteras tradicionales. Comentarios despectivos, racistas o discriminatorios publicados en perfiles personales pueden tener consecuencias laborales si el autor se identifica claramente como empleado de la empresa o si los comentarios van dirigidos contra compañeros de trabajo.
Publicar fotos humillantes de un colega tomadas sin permiso, o escribir indirectas agresivas en estados de WhatsApp que todos los compañeros pueden ver, contribuye a la creación de un entorno de ciberacoso.
La política de la empresa debe clarificar que el respeto digital es obligatorio y que la libertad de expresión no ampara la difamación ni el discurso de odio contra la comunidad laboral.
El "Derecho a la Desconexión" como Límite al Acoso
El respeto a los tiempos de descanso es fundamental para prevenir el acoso por invasión.
En un mundo hiperconectado, los líderes deben entender que contactar a un subordinado fuera de su jornada para temas no urgentes es una transgresión de límites.
Si esta conducta se vuelve crónica, se configura como acoso laboral por irrespeto a la vida privada y familiar.
Establecer límites claros sobre el uso de mensajería instantánea y correos en fines de semana no es so
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