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Competencia Judicial y Procedimiento Sancionatorio Externo

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Competencia Judicial y Procedimiento Sancionatorio Externo


El Tránsito de lo Interno a lo Judicial

Cuando los mecanismos internos de la empresa (Comité de Convivencia, Recursos Humanos) fallan, se agotan o resultan ineficaces para detener el acoso, el conflicto trasciende a la esfera judicial.

En este punto, la víctima tiene el derecho de acudir a la justicia ordinaria. Es fundamental entender que el juez competente varía según la naturaleza de la vinculación laboral.

Para los trabajadores del sector privado, la competencia recae usualmente en los Jueces Laborales del Circuito.

Para los servidores públicos, el control disciplinario suele estar en manos del Ministerio Público (Procuraduría o Personería), dado que su relación con el Estado tiene implicaciones administrativas distintas.

El Rol del Juez Laboral en la Sanción

El juez no actúa como un mediador, sino como un sancionador. Su función es evaluar las pruebas aportadas (testimonios, correos, peritajes psicológicos) para determinar si las conductas encajan en la definición legal de acoso.

A diferencia del comité interno que busca la conciliación, el juez emite sentencias de cumplimiento obligatorio.

Estas pueden incluir la orden de indemnizar a la víctima, la nulidad de un despido injustificado (con el consecuente reintegro y pago de salarios caídos) y la imposición de multas económicas severas tanto para el agresor (persona natural) como para la empresa (persona jurídica) por su negligencia en el deber de protección.

La Intervención de los Ministerios de Trabajo

Paralelo a la vía judicial, existen las autoridades administrativas de inspección y vigilancia (Inspectores de Trabajo).

Aunque en muchas legislaciones no tienen la facultad de declarar que "hubo acoso" (reserva judicial), sí tienen la potestad de sancionar a las empresas por no tener activos los comités de convivencia, por no tramitar las quejas o por carecer de políticas preventivas.

Una visita de inspección puede derivar en multas institucionales cuantiosas si se demuestra que la empresa ignoró la normativa d


competencia judicial y procedimiento sancionatorio externo

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