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Sujetos Activos y Pasivos: Ámbito de Aplicación

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Sujetos Activos y Pasivos: Ámbito de Aplicación


Sujetos Activos: Quiénes pueden ser Agresores

La ley rompe con el esquema tradicional de que el acoso solo proviene "de arriba hacia abajo".

Los sujetos activos o agresores pueden ser los gerentes y directivos (acoso vertical descendente), pero también los compañeros de trabajo del mismo nivel (acoso horizontal) e incluso los subalternos hacia un superior (acoso vertical ascendente).

Además, la norma contempla la figura de los "determinadores", aquellos que ordenan a otros acosar, y los "cómplices", que facilitan la conducta.

Esto implica que una persona que no insulta directamente, pero que aísla a la víctima siguiendo instrucciones de un jefe, también puede ser sujeto de sanción legal.

Sujetos Pasivos: La Universalidad de la Víctima

El sujeto pasivo es la persona natural que se desempeña como trabajador o empleado, ya sea en el sector privado o como servidor público, y que sufre la agresión.

La protección es universal dentro del ámbito laboral formal; no distingue por tipo de contrato (término fijo, indefinido) ni por rango salarial.

Desde el operario de planta hasta el vicepresidente de una compañía pueden ser reconocidos legalmente como víctimas de acoso.

La ley busca amparar a cualquier individuo que preste sus servicios personales bajo subordinación, reconociendo su vulnerabilidad inherente frente a las estructuras de poder de la organización.

Partícipes y Responsabilidad Institucional

Además de los individuos, la ley involucra a la persona jurídica (la empresa o entidad) como un actor responsable. La institución es responsable de prevenir y sancionar.

Si la empresa conoce los hechos y omite actuar, o si tolera las conductas a pesar de las denuncias, se convierte en partícipe por omisión o tolerancia.

Esto traslada la responsabilidad legal no solo al agresor directo, sino al empleador que falló en su deber de protección, pudiendo enfrentar sanciones económicas severas y la obligación de indemnizar los daños causados por su negligencia en la gestión del clima laboral.

Resumen

Los agresores pueden ser jefes (vertical descendente), compañeros (horizontal) o subalternos (vertical ascendente), incluyendo a cómplices que facilitan la conducta o determinadores que la ordenan.

La víctima es cualquier trabajador, sin importar su rango o tipo de contrato, reconociendo la universalidad de la vulnerabilidad frente a las estructuras de poder.

La empresa es responsable institucionalmente; si conoce los hechos y omite actuar, se convierte en partícipe por tolerancia, enfrentando sanciones por fallar en su deber de protección.


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