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¿es obligatorio el curso de acoso laboral en todas las empresas? - acoso sexual trabajo
El acoso laboral, también conocido como *mobbing*, es una problemática seria que afecta a un número significativo de trabajadores en España y en el mundo. Dada su prevalencia y las graves consecuencias que puede acarrear para la salud mental y física de las víctimas, la cuestión de la obligatoriedad de la formación en acoso laboral se ha convertido en un tema central en el debate sobre la prevención de riesgos laborales. Pero, ¿está realmente legislado que todas las empresas deben impartir este tipo de cursos? En 2026, la respuesta, aunque matizada, tiende hacia una mayor exigencia en la prevención.
Aunque no existe una ley específica que obligue explícitamente a todas las empresas a impartir un curso con la denominación ""acoso laboral"", la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) sí obliga a los empleadores a garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores, lo que incluye la prevención de riesgos psicosociales, entre los que se encuentra el acoso laboral. Esto se traduce en la necesidad de implementar medidas preventivas y formativas para evitar situaciones de acoso.
La Ley 31/1995, de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), establece un marco general para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores. Aunque no menciona explícitamente el término ""acoso laboral"", sí incluye la obligación del empresario de evaluar y prevenir los riesgos psicosociales, que son aquellos derivados de la organización del trabajo, el contenido del trabajo y las relaciones interpersonales en el entorno laboral. El acoso laboral, por tanto, se considera un riesgo psicosocial que debe ser abordado y prevenido.
El artículo 14 de la LPRL establece el derecho de los trabajadores a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. El artículo 15 obliga al empresario a adaptar el trabajo a la persona, teniendo en cuenta, entre otras cosas, los riesgos psicosociales. Además, el artículo 19 obliga al empresario a informar y formar a los trabajadores sobre los riesgos laborales existentes y las medidas preventivas a adoptar.
En la práctica, esto significa que las empresas deben:
El incumplimiento de estas obligaciones puede acarrear sanciones para la empresa, además de la responsabilidad civil por los daños causados a la víctima.
Si bien la obligación recae sobre todas las empresas, algunas, por su naturaleza o tamaño, están más expuestas a riesgos psicosociales y, por lo tanto, deben poner mayor énfasis en la prevención del acoso laboral. Estas empresas suelen ser:
Sin embargo, es importante destacar que ninguna empresa está exenta de la obligación de prevenir el acoso laboral, independientemente de su tamaño o sector de actividad.
Un curso de acoso laboral eficaz debe abordar los siguientes aspectos:
Implementar un programa de prevención del acoso laboral no solo es una obligación legal, sino que también aporta numerosos beneficios a la empresa:
Existen numerosos recursos disponibles para las empresas que deseen implementar un programa de prevención del acoso laboral. Algunos de ellos son:
Para encontrar formación específica en acoso laboral, se puede consultar el catálogo de cursos de formación de las organizaciones sindicales, las empresas especializadas en prevención de riesgos laborales y las universidades.
En conclusión, si bien no existe una obligación explícita y universal de impartir un curso denominado ""acoso laboral"" en todas las empresas, la legislación en materia de prevención de riesgos laborales obliga a los empleadores a proteger la salud y seguridad de sus trabajadores, lo que incluye la prevención del acoso laboral. Implementar un programa de prevención del acoso laboral es, por tanto, una obligación legal y una inversión en el bienestar de los empleados y el éxito de la empresa. En 2026, con una mayor conciencia sobre la importancia de la salud mental en el trabajo, la prevención del acoso laboral se consolida como un elemento clave de la responsabilidad social corporativa.