El Proceso de Denuncia e Instancia Judicial
La Denuncia como Antecedente Vital y Arma de Doble Filo
La decisión de interponer una denuncia es el momento más crítico en la cronología de la violencia: es necesaria para activar la maquinaria de protección estatal, pero es también estadísticamente el momento de mayor peligro físico para la víctima. Una denuncia mal redactada o incompleta es la antesala de la impunidad.
No basta con narrar el último incidente; el profesional debe instruir a la víctima para que aporte una cronología exhaustiva y detallada del abuso histórico (patrones de control, amenazas previas, violencia económica), testigos, pruebas digitales y antecedentes médicos.
El valor real de la denuncia radica en el registro histórico que genera; si la violencia escala o la víctima desaparece, ese antecedente legal es la única herramienta que permite a las autoridades vincular rápidamente al sospechoso.
Sin embargo, el sistema judicial a menudo fracasa en la recepción de la denuncia, minimizando el riesgo si no hay lesiones visibles graves, clasificando tentativas de feminicidio como simples "lesiones personales".
Es fundamental que en el acto de la denuncia se solicite explícitamente una evaluación de riesgo policial y la adopción de medidas cautelares inmediatas, transformando el trámite burocrático en un escudo de seguridad activo.
El Proceso en el Fuero de Familia y Penal
El abordaje judicial de la violencia doméstica suele bifurcarse en dos vías que operan con lógicas distintas: la penal y la de familia.
La vía penal busca la sanción del delito (prisión, antecedentes), mientras que el fuero de familia regula las consecuencias civiles de la ruptura, como el divorcio, la cuota alimentaria y el régimen de comunicación con los hijos. El gran riesgo sistémico reside en la falta de comunicación entre ambos fueros.
Puede ocurrir que un juez penal dicte una orden de alejamiento por la peligrosidad del agresor, mientras que un juez de familia, desconociendo esa evaluación o minimizándola bajo el "síndrome de alienación parental", otorgue un régimen de visitas amplio.
Esto permite al agresor continuar el maltrato hacia la madre a través de los hijos (violencia vicaria) o tener acceso físico a ella durante los intercambios.
La intervención experta requiere abogar por la conexidad de las causas, asegurando que las decisiones de familia estén siempre subordinadas a la seguridad dictaminada en el fuero penal.
Además, es vital comprender que la "verdad jurídica" (lo que se puede probar) a menudo difiere de la verdad vivencial; el terror psicológico y el control coercitivo son difícil
el proceso de denuncia e instancia judicial