Ley de Información Alimentaria (Alérgenos)
¿Quién debe cumplir con la Ley de Información Alimentaria (Alérgenos)?
Restaurantes, bares, cafeterías, hoteles, supermercados, tiendas de alimentación, comedores colectivos y, en general, todo establecimiento que ofrezca productos envasados o sin envasar.
Las empresas de transformación alimentaria deben indicarlo directamente en el propio etiquetado del producto, que debe ser claro y legible.
¿Cómo informar sobre la presencia de alérgenos?
La normativa no es clara en este sentido y deja tal aspecto en manos del operador alimentario a quien sí exige que dicha información sea clara, efectiva y accesible para el cliente. Como posibles opciones, tenemos folletos de información, carteles, indicación en la carta del menú mediante iconos, etc.
¿Cuáles son los alérgenos de los que debo informar?
Aunque existen muchos posibles alérgenos, solo es obligatorio informar de los que contengan alguno de los siguientes 14 elementos*:
Cereales que contengan gluten (trigo, centeno, cebada, avena, etc)
Crustáceos y productos a base de crustáceos
Huevos y productos a base de huevo
Pescado y productos a base de pescado
Cacahuetes y productos a base de cacahuetes
Soja y productos a base de soja
Leche y sus derivados
Frutos de cáscara (almendras, avellanas, nueces, anacardos, etc)
Apio y productos derivados
Mostaza y productos derivados
Granos de sésamo y productos a base de granos de sésamo
Dióxido de azufre y sulfitos
Altramuces y productos a base de altramuces
Moluscos y productos a base de moluscos
Aunque no es obligatorio, sí es recomendable informar de la posibilidad de trazas o posibles contaminaciones cruzadas en materia de alérgenos en nuestros productos.
